El pasado 24 de abril de 2025, participamos en un webinar de 45 minutos organizado por Clusaga titulado Desperdicio Alimentario: claves y soluciones prácticas para cumplir con la nueva ley, con el objetivo de apoyar a las empresas del sector alimentario en la adaptación a la nueva normativa sobre desperdicio alimentario. Esta sesión está dirigida a profesionales y responsables de producción, calidad o sostenibilidad interesados en mejorar la gestión de sus excedentes y avanzar hacia prácticas más responsables.

La sesión ofrece soluciones prácticas para optimizar la gestión de los excedentes alimentarios, así como recomendaciones para elaborar un Plan de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario efectivo. Las personas asistentes conocieron los principales retos y oportunidades que implica la nueva legislación, así como herramientas y metodologías aplicables en el contexto de las pymes del sector.

El webinar fue impartido por Antonio Díaz, Responsable de Grandes Cuentas en Phenix España. Actualmente colabora en proyectos de valorización de excedentes con empresas de la gran distribución y de la industria alimentaria, buscando mejorar la rentabilidad y reducir el desperdicio. Ha seguido de cerca la evolución de la nueva ley y trabaja para apoyar a las empresas a adaptarse a estos cambios de forma eficiente y sostenible.

Una iniciativa en el marco de PROALIS y B-Resilient

Esta actividad se enmarca en el Programa colectivo de Alimentación Sostenible (PROALIS) y en el proyecto europeo B-Resilient – Building the biomass resilience of food producing and processing SMEs through green and digitalised value chains, una iniciativa financiada por la Unión Europea de la que Clusaga forma parte como miembro del consorcio.

Replay del webinar

Q&A durante el webinar:

¿En el plan tiene que aparecer la lista de asociaciones o organizaciones a las que se dona?

No, no es obligatorio que el Plan de Prevención detalle las asociaciones u organizaciones receptoras de las donaciones. Sin embargo, puede ser recomendable incluir esta información de manera interna para fines de trazabilidad y control.

Si la ley no establece medición/cuantificación de pérdidas, ¿cómo se articulará el reporte de información a la administración (en caso de que proceda)? 

Aunque la ley no impone de forma explícita la obligación de cuantificar el desperdicio alimentario, es necesario hacerlo para implantar un sistema de gestión eficaz. Esta medición permite identificar áreas de mejora y aplicar correctamente la jerarquía de prioridades en la gestión del excedente.

Además, esta información debe ser reportada a la administración de manera que permita evaluar el cumplimiento de la normativa. Esto podría incluir la presentación de informes anuales de actividades relacionadas con la reducción del desperdicio, como la cantidad de alimentos donados, reciclados o gestionados adecuadamente. La forma de reportar esta información probablemente se regulará a través de las normativas de desarrollo de la ley.

Por otro lado, esta obligación depende de las comunidades autónomas. En Cataluña, por ejemplo, existe la obligación de medir y cuantificar el desperdicio alimentario bajo el reglamento ‘LLEI 3/2020, de l’11 de març, de prevenció de les pèrdues i el malbaratament alimentaris.’  

Microempresas, o con sup<1.300, que quieran implantar un Plan de Prevención, ¿podrían beneficiarse de incentivos fiscales, deducciones…? 

Sí, cualquier empresa, independientemente de su tamaño o superficie, puede acogerse a incentivos fiscales o deducciones por proyectos de innovación recogidos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Esto incluye iniciativas como las que propone Phenix, orientadas a la gestión del excedente y la reducción del desperdicio alimentario.

Para acceder a estos beneficios, es necesario elaborar, entre otros, una memoria técnica que justifique el proyecto y su impacto.

El objetivo de estos incentivos es promover la adopción de medidas innovadoras para combatir el desperdicio alimentario en empresas de todos los sectores y dimensiones.

¿A qué consellería corresponde la inspección ?

La inspección y el control del cumplimiento de la ley sobre desperdicio alimentario corresponde a las consellerías de Consumo o Medio Ambiente de las comunidades autónomas, dependiendo de la legislación y organización administrativa de cada comunidad. 

Una cantina en una empresa para el uso de sus empleados es gestionada por una empresa de restauración/catering. ¿Quién tiene la responsabilidad de incluir el plan de prevención? ¿La empresa o el catering?

En este caso, la responsabilidad de implementar el Plan de Prevención de Desperdicio Alimentario recaerá en la empresa de catering, ya que es la que gestiona directamente la producción y distribución de los alimentos es la empresa de catering. Es la entidad encargada de la restauración la que debe asegurarse de que se cumplen las medidas para prevenir el desperdicio alimentario.

La empresa contratante (la que ofrece la cantina a sus empleados) podría ser responsable de garantizar que el catering cumpla con la normativa, pero la obligación recae principalmente en el catering como operador de los servicios alimentarios.

Disponer de un plan de prevención es obligatorio a partir de abril de 2026, pero la aplicación de la jerarquía ya ha entrado en vigor. ¿Cómo se puede aplicar la jerarquía sin un plan de prevención?

Aunque la ley no obliga a tener un Plan de Prevención hasta abril de 2026, sí exige que se gestione de manera eficiente el exceso de alimentos para evitar su desperdicio. Esto se logra optimizando la producción y gestionando bien los inventarios para reducir al máximo los excedentes.

Si, aún así, quedan excedentes, la ley establece que estos no deben desperdiciarse. Primero, se deben transformar en productos como zumos o mermeladas (en el caso de frutas) o, si no es posible, se deben donar a bancos de alimentos o a organizaciones sociales.

Si no es posible la donación para consumo humano, el siguiente paso es destinar los alimentos a la alimentación animal o a la elaboración de subproductos para la industria, como piensos o productos para la industria alimentaria.

Por último, si ninguna de estas opciones es viable, los alimentos deben gestionarse como residuos y enviarse a reciclaje, específicamente a la obtención de compost, biogás o combustibles.

En resumen, la ley ya obliga a gestionar los excedentes de alimentos de manera eficiente, aplicando esta jerarquía, aunque el plan formal no sea obligatorio hasta 2026.

¿Listo para empezar tu proyecto de gestión eficiente del excedente?

Si quieres empezar tu proyecto de gestión del excedente para la prevención y reducción del desperdicio alimentario y no sabes cómo, ¡contáctanos! Nuestro equipo de expertos está listo para ayudarte a hacer realidad tu iniciativa.

Antonio Díaz Otero
Key Account
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